No sancionarán a Presidente ni Síndica de Córdoba, por “Violencia Política de Género”;TEV
Magistrados integrantes del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), declararon como improcedente la denuncia de la Regidora Segunda, Isamar Balderas Flores, de sancionar al Presidente Municipal de Córdoba, Juan Martínez Flores y a la Síndico Único, Vania López González.
Por lo qué, al solucionar la demanda bajo el número de expediente TEV-JDC-509/2022, declara como infundados los hechos, acto que provocó que no se hayan encontrado pruebas suficientes de los supuestos hechos.
“La ponencia propone declarar infundado el agravio relacionado con la supuesta omisión del presidente municipal de someter al cabildo el planteamiento relacionado con la solicitud de otorgar a la Regidora dé el visto bueno a los asuntos de Asentamientos Humanos porque no es facultad de una regiduría”, señala el proyecto de sentencia.
Finalmente, el documento argumenta que: “En cuanto a la obstaculización atribuida a la Síndica, en el proyecto se determina de calificar de infundado al no advertirse elemento alguno que evidencie la intención de restarle capacidad a la Regidora Isamar Balderas”, se señaló durante la sesión de fecha 20 de octubre de 2022.